Ante la creciente preocupación por la vulneración de los derechos fundamentales de mujeres y niñas en entornos educativos y espacios públicos, se presenta la siguiente propuesta de modificación legislativa para su debate y eventual aprobación en el Congreso de los Diputados.
Esta iniciativa, impulsada por las profesoras Dra. Sonia Sierra y Dra. Elena del Pilar Ramallo Miñán, tiene como objetivo reforzar los principios de igualdad, libertad y dignidad, derechos fundamentales.
Exposición de Motivos
La igualdad entre sexos y la protección de los derechos fundamentales de las mujeres constituyen principios esenciales en un Estado democrático y de derecho. En este contexto, el uso de prendas como el hiyab en entornos educativos y el burka en espacios públicos ha sido identificado como un factor de discriminación y sumisión, restringiendo la libertad de quienes las portan y afectando el ejercicio pleno de sus derechos.
En España, el artículo 14 de la Constitución Española (CE) garantiza el principio de igualdad y prohíbe cualquier forma de discriminación por razón de sexo. Asimismo, el artículo 10 CE reconoce la dignidad de la persona como fundamento del orden político y la paz social.
Si bien el artículo 16 CE protege la libertad ideológica y religiosa, este no es un derecho absoluto, pues el mismo texto constitucional establece que su ejercicio puede ser limitado cuando entre en conflicto con otros derechos fundamentales o valores esenciales del Estado, como la igualdad, la dignidad y la seguridad pública.
Impacto del Uso del Hiyab y del Burka en los Derechos Fundamentales
El hiyab y el burka no constituyen meros símbolos culturales, sino que, en muchos casos, representan una imposición religiosa contraria a los principios de igualdad de género y dignidad personal. La obligación de cubrirse parcial o totalmente implica una manifestación de desigualdad estructural, ya que solo se impone a las mujeres, restringiendo su autonomía y libertad personal.
Diferentes países europeos, como Francia y Austria, han adoptado normativas que regulan estas prácticas, argumentando su impacto en la igualdad de género y la laicidad del Estado. En España, recientes manifestaciones, como las ocurridas en Parla, han puesto en evidencia la necesidad de una respuesta legislativa clara que garantice el respeto a los derechos fundamentales.
Casos Recientes en España
En la Comunidad de Madrid, estudiantes de diversos institutos se manifestaron contra la prohibición del hiyab en las aulas, promovidos por un Sindicato de Estudiantes que interpretó la medida como un ataque a la libertad religiosa y de la mujer. Sin embargo, este argumento resulta contradictorio cuando en otros países las mujeres son perseguidas e incluso asesinadas por intentar liberarse de estos símbolos.
En el caso de menores de edad, no puede hablarse de una elección libre, ya que las menores de 16 años carecen de capacidad de consentimiento en términos jurídicos. La propia legislación española establece límites a la autonomía de los menores en decisiones que pueden afectar sus derechos fundamentales.
Delegar esta responsabilidad en los centros educativos, permitiendo que sean estos los que regulen el uso del hiyab en sus reglamentos internos es una dejación de funciones y una falta de responsabilidad política sobre un problema social que requiere una solución legislativa estatal y autonómica.
Antecedentes Internacionales
España no sería el primer país en adoptar medidas legislativas sobre el uso del hiyab y el burka. Diversos Estados han implementado normativas similares con el objetivo de garantizar la igualdad de género y la seguridad pública:
- Francia (2004): Ley que prohíbe el uso de símbolos religiosos ostensibles en las escuelas públicas, incluyendo el hiyab. En 2023, se amplió la restricción a la abaya en colegios, en defensa de la laicidad.
- Austria (2019): Prohibición del velo en escuelas primarias.
- Otros países europeos han adoptado restricciones similares, reconociendo que estas prendas pueden representar formas de coacción sobre menores y obstaculizar la plena integración en la sociedad.
España debe abordar esta cuestión garantizando la igualdad y la libertad Estado y la protección de los derechos fundamentales de mujeres y niñas.
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN LEGISLATIVA
Ámbito Estatal
Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)
Se añadirá un nuevo apartado al artículo 124, con la siguiente redacción:
«Queda prohibido el uso de prendas que cubran total o parcialmente la cabeza, como el hiyab, en los centros educativos de titularidad pública y privada, en todas las etapas educativas. Esta medida tiene como objetivo garantizar la igualdad entre sexos, la laicidad del ámbito educativo y la protección de los derechos fundamentales de las alumnas. Se exceptúan de esta prohibición aquellas prendas utilizadas por motivos médicos o relacionadas con actividades deportivas del centro.»
Modificación de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana
Se incluirá una disposición que prohíba el uso del burka y otras prendas que cubran completamente el rostro en espacios públicos, salvo en casos justificados por razones de salud, seguridad o profesión.
La implementación de esta reforma legislativa busca promover una sociedad más igualitaria, regular el uso del hiyab en las aulas y del burka en espacios públicos busca desterrar símbolos de sumisión e invisibilidad a la mujer y que entran en conflicto con los valores de una sociedad democrática basada en la igualdad y la libertad individual.
Elena del Pilar Ramallo Miñán es Doctora investigadora en Derecho, Inteligencia Artificial y Derechos Humanos. Fue candidata a los Premios Princesa de Asturias 2022.
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