En esta página comparto un diccionario legal con el objetivo de clarificar algunos conceptos, términos y entidades relacionadas con el mundo de la justicia.
Audiencia Nacional Es un tribunal con sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Conoce casos de especial relevancia como terrorismo, narcotráfico, crimen organizado, delitos económicos complejos y casos contra altos cargos del Estado. Se divide en varias salas: Penal, Contencioso-Administrativo y Social. También cuenta con un Juzgado Central de Instrucción. Es un órgano clave en la persecución de delitos graves y de interés nacional. Su actuación suele tener un gran impacto mediático debido a los asuntos que trata.
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Audiencias Provinciales Son tribunales con sede en las capitales de provincia y jurisdicción en todo su territorio provincial. Se encargan de resolver recursos contra sentencias dictadas por juzgados de primera instancia e instrucción, así como de juzgar determinados delitos más graves. Están divididas en secciones (normalmente Civil y Penal) y son órganos colegiados, lo que significa que sus resoluciones se adoptan por varios magistrados. Son una pieza fundamental en el sistema judicial español, ya que garantizan una revisión más compleja de los casos.
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Consejo General del Poder Judicial Aunque no es un tribunal, es el órgano de gobierno del poder judicial en España. Garantiza la independencia de los jueces y magistrados, y se encarga de su nombramiento, formación, inspección y régimen disciplinario. Está compuesto por 20 vocales y un presidente, que también lo es del Tribunal Supremo. Su sede está en Madrid. Tiene un papel esencial en la organización y buen funcionamiento del sistema judicial, aunque no resuelve casos ni dicta sentencias directamente.
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Juzgados de Instrucción Son órganos unipersonales encargados de investigar los delitos y preparar los juicios penales. Realizan diligencias previas, ordenan detenciones, registros o medidas cautelares y, en su caso, deciden si el caso pasa a juicio. No juzgan, solo instruyen. Están repartidos por todas las provincias y grandes ciudades. Son el primer paso en el proceso penal y su función es esencial para garantizar el derecho a un proceso con garantías y la adecuada investigación de los delitos.
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Juzgados de lo Contencioso-Administrativo Estos juzgados se encargan de resolver los conflictos entre ciudadanos o empresas y la administración pública. Su función es controlar la legalidad de los actos de las administraciones públicas (como ayuntamientos, comunidades autónomas o el Estado). Pueden anular resoluciones administrativas, exigir indemnizaciones o declarar derechos. Son órganos unipersonales y existen en todas las provincias. Juegan un papel clave en la protección de los derechos de los ciudadanos frente a posibles abusos de poder por parte de la administración.
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Juzgados de lo Penal Son órganos unipersonales que se encargan de juzgar delitos castigados con penas privativas de libertad de hasta cinco años. También pueden imponer otras penas como multas o trabajos en beneficio de la comunidad. Actúan tras la instrucción del caso por parte del Juzgado de Instrucción correspondiente. Se encuentran en las capitales de provincia y en otras ciudades de cierta entidad. Su labor es esencial en el enjuiciamiento de delitos comunes y forman parte del entramado judicial penal de primera instancia.
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Juzgados de lo Social Estos juzgados conocen los conflictos derivados de las relaciones laborales y de la Seguridad Social. Juzgan casos como despidos, reclamaciones de salarios, accidentes laborales, pensiones o incapacidades. Son órganos unipersonales y su función es proteger los derechos de los trabajadores frente a los empleadores o la administración. Están distribuidos por todo el territorio nacional. Su labor es esencial en la aplicación del Derecho laboral y la garantía de condiciones justas de trabajo.
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Tribunal Constitucional Es el órgano supremo encargado de interpretar la Constitución Española. No forma parte del Poder Judicial, sino que es independiente y vela porque las leyes, actos del gobierno y normas se ajusten a la Constitución. Entre sus funciones principales están resolver recursos de inconstitucionalidad, conflictos de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, y proteger los derechos fundamentales mediante el recurso de amparo. Está compuesto por 12 magistrados nombrados por distintas instituciones del Estado y su sede está en Madrid.
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Tribunal Supremo Es el máximo órgano judicial en España, salvo en materia constitucional, y garantiza la unidad de interpretación del Derecho en todo el país. Está dividido en varias salas (Civil, Penal, Contencioso-Administrativo, Social y Militar) que resuelven los asuntos según la materia. Sus sentencias no pueden ser recurridas, salvo ante el Tribunal Constitucional en determinados casos. Tiene su sede en Madrid y actúa también como órgano de casación, revisando resoluciones de tribunales inferiores. Está presidido por el Presidente del Tribunal Supremo, que también lo es del Consejo General del Poder Judicial.
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Tribunales Superiores de Justicia Son los máximos órganos judiciales en el ámbito de cada Comunidad Autónoma. Tienen competencias en lo civil, penal, contencioso-administrativo y social, según el territorio. Son el último escalón judicial en el ámbito autonómico y pueden revisar decisiones de juzgados inferiores dentro de la comunidad. Además, resuelven conflictos entre órganos judiciales de la misma autonomía. Están presididos por un magistrado nombrado por el Consejo General del Poder Judicial y su sede se encuentra en la capital de cada comunidad.
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Administración Conjunto de órganos e instituciones públicas que aplican las leyes, gestionan servicios y ejecutan políticas del Estado. Debe actuar con objetividad y respeto al interés general.
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Arbitrariedad Actuación contraria al Derecho en la que una autoridad toma decisiones sin justificación legal o racional, vulnerando los principios de justicia, igualdad y legalidad.
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Empadronamiento Inscripción de una persona en el padrón municipal como residente habitual de un municipio. Sirve para fines estadísticos y administrativos, pero no otorga derechos sobre la vivienda donde se reside.
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Jurisprudencia Conjunto de decisiones y sentencias dictadas por los tribunales que sirven como guía para interpretar y aplicar las leyes en casos similares. Es fuente complementaria del Derecho.
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Legalidad Principio que obliga a la Administración y a los poderes públicos a actuar conforme a la ley, sin excederse ni actuar de forma discrecional. Es garantía del Estado de Derecho.
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Legitimidad Cualidad de aquello que se ajusta al Derecho o a la ley. En el ámbito jurídico, una persona o acto legítimo es aquel que tiene respaldo legal o autoridad reconocida.
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Propiedad Derecho reconocido por la Constitución que permite a una persona poseer, usar y disponer de un bien, dentro de los límites establecidos por la ley. Es un derecho fundamental protegido frente a actos arbitrarios del Estado o de terceros.
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Proporcionalidad Principio jurídico que exige que las medidas adoptadas por la Administración o los tribunales sean adecuadas, necesarias y equilibradas en relación con el fin que se persigue.
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Seguridad jurídica Principio constitucional que garantiza la estabilidad, claridad y previsibilidad de las normas, evitando interpretaciones arbitrarias y protegiendo los derechos de los ciudadanos frente al poder público.
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Usufructo Derecho que permite a una persona usar y disfrutar de un bien ajeno sin ser su propietario, con la obligación de conservarlo y devolverlo en buen estado cuando termine el usufructo.
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